Cuerpo Colegiado del CPE: Crean más horas de Coordinación para acompañar la implementación del Diseño Curricular 23 de junio de 2026 Se trata de 1.125 horas cátedra destinadas a docentes de escuelas Técnicas y Agropecuarias de toda la provincia; por lo que totalizan más de 7 mil. En la última sesión abordaron también la desanexión del Departamento de Aplicación del IFD 12. En una extensa sesión del Cuerpo Colegiado del CPE, se aprobó la creación de 1.125 horas de Coordinación de Espacios Interáreas y de Ciclo Orientado para las 30 Escuelas Provinciales de Educación Técnica (EPET) y las 4 de Agropecuaria (EPEA) de toda la provincia. Este paquete se suma a las 2.166 horas cátedra creadas en mayo con el mismo fin para los CPEM, y a las más de 4 mil destinadas a coordinaciones para el nivel, en el marco de la implementación del Diseño Curricular de la Escuela Secundaria Neuquina. La norma detalla que la función de quienes se desempeñen en estos cargos será de “acompañamiento pedagógico-administrativo de las y los docentes en relación a la implementación efectiva del Diseño Curricular, ofreciendo otros tiempos y modos para que los procesos de planificación tengan lugar en las escuelas”. Respecto de las Coordinaciones Interárea, vale recordar que su gestión es fruto del trabajo de diagnóstico y escucha a las inquietudes surgidas desde las instituciones educativas para favorecer el desarrollo del trabajo articulado. Fue así que durante esta gestión se resolvió la creación de estos espacios por lo que ya son 7 mil las horas creadas para las diferentes coordinaciones en el nivel Medio. Continúan acciones para la jerarquizar el nivel Inicial: desanexión del IFD 12 En la misma reunión se trabajó sobre la desanexión del Departamento de aplicación del Instituto de Formación Docente (IFD) N° 12. A partir de esta emisión de esta norma “las prácticas institucionales, políticas, pedagógicas y las funciones históricas de los Departamentos de Aplicación, son ahora desempeñadas por todas las instituciones educativas de enseñanza Inicial y Primaria”. La resolución del órgano contempla “garantizar la estabilidad laboral de docentes titulares (…), interinos, suplentes y personal en cambio de función permanente (…) respetando los derechos adquiridos”. La norma emitida recupera en los considerandos que “la Ley Orgánica 2945 de Educación Provincial, en su Artículo 63°, Inciso «e», establece como objetivo de la Educación Superior para la formación docente la articulación con instituciones de todos los Niveles de Educación para fomentar la circulación de saberes entre ámbitos académicos y de desempeño profesional”. Se suman a la fundamentación “la Resolución N° 1573/2023 y el Reglamento Orgánico Marco para los Institutos de Formación Docente por Resolución N° 1063/2013 establecen que todas las instituciones educativas de los distintos Niveles y Modalidades del sistema educativo provincial deben recibir practicantes y residentes de las instituciones que integran el Nivel de Educación Provincial Superior”.