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  El Departamento de Jubilaciones y Antigüedad es el encargado de extender toda la documentación necesaria para cualquier tramite jubilatorio, tanto en organismo previsional provincial –Instituto de Seguridad Social del Neuquén (I.S.S.N.)- como en cualquier otra caja previsional.  
 

Certificaciones

 
  El Departamento extiende la siguiente documentación.  
 
Certificación de servicios y remuneraciones.
Certificación de Prestación de Servicios: acreditan el desempeño del agente en Escuelas Públicas, tanto para trámites jubilatorios como para presentar en Juntas de Clasificación, o para la inscripción en la docencia en otras jurisdicciones.
Certificación de Aportes a la Caja Complementaria de Previsión para la Actividad Docente: permite a sus afiliados percibir los complementos que la mencionada caja abona.
 
  La documentación se puede solicitar personalmente o por intermedio de la unidad educativa donde se desempeñe.  
  Trámite Jubilatorio  
 

Cuando el agente ya está en condiciones de jubilarse necesita presentar la renuncia al/los cargo/s en los que se desempeñe para acogerse al beneficio previsional. Dicho trámite debe realizarte en éste Departamento, quien tiene la facultad de establecer la fecha de baja si la documentación lo habilita.

 
  Requisitos  
  Los requisitos necesarios para la obtención de los beneficios revisionales.  
  A.N.Se.S:  
 
Edad requerida: 65 años los hombres y 60 años las mujeres.
reunir 30 (treinta) años de servicios con aportes computables en uno o más regímenes comprendidos en el sistema de reciprocidad jubilatoria.
 
  I.S.S.N.  
  Los requisitos están especificados por las leyes 611, 859, 1282 y 1131 y por el decreto 127/78.  
 

Dichos requisitos dependen del Régimen de jubilaciones y pensiones para el personal de la administración pública de la provincia del Neuquén y municipios adheridos.

 
 
Jubilación ordinaria.
Jubilación ordinaria docente
Jubilación por edad avanzada
Jubilación por invalidez
Pensión
 
 
Cada régimen requiere un mínimo de edad y servicios computables en uno o más regimenes jubilatorios comprendidos en el sistema de reciprocidad. En el caso de la jubilación por invalidez, también se requiere un grado de invalidez mínimo.
 
  Enlaces útiles  
  Constancia de CUIL: http://www.anses.gov.ar/cuil.htm  
 

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) – Jubilados y Pensionados: http://www.anses.gov.ar/p-jubypens/p-jubypens.htm

 
 

Dirección: Córdoba 65 - Teléfono: 0800-222-6737

 
 

Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) – Jubilaciones:

 
  http://www.issn.gov.ar/gxpsites/hgxpp001.aspx?1,8,27,O,S,0,MNU ;E;9;1;MNU  
 

Dirección: Buenos Aires 353 - Teléfono: 0810-222-ISSN (4776)

 
  E-mail: jubilaciones@issn.gov.ar